Rev AiBi. 2022; 10(1): Pág 115-125, Enero - Abril, ISSN: 2346-030X, e2392

     http://dx.doi.org/10.15649/2346030X.2392

 

 

 

Las plataformas digitales y los impactos en los trabajos contingentes de la economía de conciertos.


Digital platforms and the impacts on the contingent works of the gig economy.

Luisa María Tabares-Ocampo1 Sergio Rosero-González2 Alexandra Eugenia Arellano-Guerrero3

 

 

  1. Universidad Nacional de Colombia, Bogotá – Colombia. E-mail: lumtabaresoc@unal.edu.co Autor de correspondencia
  2. Universidad Nacional de Colombia, Bogotá – Colombia.
  3. Universidad Nacional de Colombia, Bogotá – Colombia.

 


Cómo citar este artículo: L. M. Tabares-Ocampo, S. Rosero-González y A. E. Arellano-Guerrero, “Las plataformas digitales y los impactos en los trabajos contingentes de la economía de conciertos”, Aibi revista de investigación, administración e ingeniería, vol. 10, no. 1, pp. 115-125, 2021. 10.15649/2346030X.2392

 

Recibido: 13 de agosto de 2021.

Aceptado: 15 de diciembre de 2021.

Publicado: 1 de enero de 2022.

 

 


 

Atribución 4.0 Internacional (CC BY 4.0)

 


 

Resumen El presente artículo de revisión, discute las diferentes modalidades de empleo que se originan con la aparición de las plataformas digitales. En estas, existe la tendencia hacia la flexibilidad laboral, tanto para el contratado como para el contratante que podría dinamizar los empleos al permitir que la gente pueda acceder a mayor número de trabajos. Sin embargo, con esta flexibilidad y con estas modalidades se puede generar un resultado indeseado, especialmente para la fuerza de trabajo. Se trata de la precarización laboral. En tal sentido, para la elaboración del documento se efectuó una revisión documental de los temas de tendencia sobre este tema. Se concluyó que existe una necesidad para legislar o reglamentar tanto las plataformas como la interacción que generar y así evitar estas problemáticas.

Palabras clave: plataformas digitales, trabajos contingentes, precarización, vulnerabilidad, economía de conciertos, deslaboralización.

 


Abstract This review article discusses the different forms of employment that originate with the appearance of digital platforms. In these, there is a trend towards labor flexibility, both for the hired and for the contractor that could boost jobs by allowing people to access more jobs. However, with this flexibility and with these modalities an undesired result can be generated, especially for the workforce. It is about job insecurity. In this sense, for the preparation of the document, a documentary review of the trending topics on this topic was carried out. It was concluded that there is a need to legislate or regulate both the platforms and the interaction to be generated and thus avoid these problems.

Keywords: gig economy, contingent work, digital platforms, precarization, vulnerability, joblessness.


I. INTRODUCCIÓN

 

El mundo y la economía globalizada se caracterizan por presentar constantes cambios, especialmente aquellos de tipo tecnológico. Cada día, son ofertados nuevos productos y servicios que satisfacen la necesidad de calidad, valor, personalización, rapidez e inmediatez que el cliente requiere. Este último factor se debe a la conectividad con que cuentan los actores de las plataformas digitales, es decir clientes y usuarios, que han revolucionado las formas de comunicación, producción, trabajo, relación e intercambio económico, entre otros aspectos.

 

Las plataformas digitales, contribuyen en la satisfacción de las necesidades de las personas, al relacionar consumidores y trabajadores para la realización de una tarea o servicio, abaratando los costos transaccionales [1]. Por otra parte, las plataformas digitales promueven la generación de  nuevos modelos de negocio apalancados en el acceso a internet y redes sociales [2], [3]. Lo cual, ha colocado a las Tecnologías de Información y Comunicación, en adelante TIC, como un aspecto estratégico y fundamental en la satisfacción de necesidades de la mayoría de los modelos de negocios contemporáneos. Esto genera, a su vez, interesantes modalidades de empleo por medio del uso de las plataformas digitales [4][7].

 

Algunos estudios evidencian que las plataformas digitales son una alternativa de trabajo para personas que no cuentan con un empleo tradicional, pero cuenta con conocimientos, conectividad y tiempo para realizar tareas de corta duración. A los trabajadores que suelen emplear estos medios como alternativa laboral se les reconoce como trabajadores contingentes. El tipo de vinculación del trabajador contingente es diferente al de un trabajador en condiciones tradicionales [8]. Por lo general, estos no tienen, o no cuentan con, ningún tipo de contrato y su incidencia sobre el costo o las condiciones del trabajo es limitada; ese control lo ejerce directamente la plataforma digital o el empleador.

 

Las plataformas digitales son quienes disponen de la continuidad del trabajador en sus operaciones [8]. Por otro lado, en muchos casos, los trabajadores contingentes, trabajan con varias plataformas digitales o en otras modalidades de trabajo no formalizado. Estos deben recurrir al desarrollo de varias actividades para lograr un ingreso que le permita satisfacer sus necesidades básicas. En ese sentido, son muchos los factores que el trabajador contingente asume de manera individual. La no existencia de una relación trabajador-empleador conlleva que los trabajadores de las plataformas digitales asuman su seguridad social [9].

 

El auge y desarrollo de plataformas digitales es mucho más rápido que el ajuste institucional y legal. Por tanto, el aspecto laboral es controversial, ya que los sistemas legales de los países aún no contemplan las nuevas modalidades de trabajo y vinculación que se dan a través de estas plataformas digitales [10]. Ello, conlleva a que se evadan responsabilidades asociadas a la oferta de puestos de trabajo digno y decente, como lo son el pago de las prestaciones laborales y el salario mínimo legal vigente. A este último aspecto, algunos estudios muestran que las plataformas pueden robar al trabajador contingente, al no hacer efectivo su pago por el trabajo o tarea realizada, especialmente porque no existen mecanismos que los obligue a hacerlo, por ser autónomos en la gerencia y operatividad.

 

El documento concluye que la proliferación de plataformas digitales, por lo general sin regulación, es un tema de interés académico y legislativo.  El desconocimiento de las nuevas dinámicas tecnológicos y sociales es uno de los factores que promueven la aparición de las modalidades de empleo de la economía de conciertos.

 

 

II. METODOLOGÍA O PROCEDIMIENTOS

 

 

La investigación es de carácter teórico descriptivo. Para su elaboración se planificó una revisión documental que documenta los temas de tendencias tratados para posteriormente analizarlos. Se trata principalmente de una metodología de análisis de contenido. En general, se emplearon fuentes secundarias de información. Para el análisis de la información encontrada se emplearon matrices de síntesis y lectura en Excel. A continuación, se describe todo ello con mayor detalle.

 

Respecto a las fuentes secundarias, se trataron de artículos, tesis, libros y capítulos de libros de investigación, en primer lugar. Adicionalmente se consultaron algunos informes de investigación disponibles en las bases de datos accesibles desde el Sistema de Bibliotecas de la Universidad Nacional de Colombia. Los criterios de búsqueda de la información fueron las palabras claves identificadas en una fase de búsqueda exploratoria. En síntesis, se emplearon termino como Gig economy, Economía de conciertos, trabajo contingente, Contingent Work, Teletrabajo, teleconmmuter, Digital Platafforms y plataformas digitales. Para todo ello, se utilizó la herramienta de búsqueda bibliográfica desarrollada por la biblioteca de la Universidad Nacional de Colombia – Sede Palmira. Esta permite identificar palabras claves y datos booleanos para las búsquedas en las bases de datos.

 

Adicionalmente, se emplearon como criterios de selección los años de expedición de los documentos. Se procuró que, en su mayoría, los documentos de consulta no superaran diez años de publicación. Para el análisis de los datos se empleó una matriz de lectura en Excel. Esto consistió en sintetizar la información ubicada en cada documento en una matriz de lectura para facilitar el análisis conjunto de la información e identificar puntos de encuentro y de disociación en la información y poder efectuar la interpretación y el análisis crítico. 

 

III. TECNOLOGÍA, TRABAJO Y ECONOMÍA VIRTUAL

 

 

El impulso tecnológico se manifiesta en todos los aspectos sociales. Su influencia tiene repercusiones, positivas y negativas, que se pueden rastrear a lo largo de la historia [11], [12]. Es por ello por lo que, según el punto de vista desde el cual se analice, se puede obtener una conclusión diferente. En lo relativo al entorno laboral y las formas de empleo se han presentado diversos cambios con el tiempo. La tecnología ha germinado cambios que, de uno u otro modo, mejoraron y facilitaron la ejecución de las tareas y actividades desarrolladas por el hombre, tanto de forma autónoma e independiente como cuando hace parte de organizaciones [13], [14].

 

En consecuencia, estos avances se evidencian en el ahorro de costos, ver Figura 1, que se representan en a) reducción de tiempo para brindar un servicio o elaborar un producto, b) la reducción de pasos o procesos y c) el ahorro de energía o en la mejora la calidad de vida de los trabajadores [15]. Todo esto convierte a la tecnología como una aliada de primera mano para las personas en la ejecución de sus tareas cotidianas.

 


Figura 1 : Beneficios de la tecnología para personas y organizaciones.

Fuente: Elaboración propia a partir de gómez [15].

 

Actualmente, la tecnología es una aliada del ser humano para la ejecución de muchas de sus actividades cotidianas. Más aun, cuando se considera que existe un vínculo dependiente entre el sujeto y la tecnología [16]. Esta relación se puede identificar en el hogar de las personas en cuanto a los artefactos y electrodomésticos que posee y utiliza a diario [17]. El hombre prefiere adquirir el último televisor, con la última tecnología y con el mejor tamaño posible, en el mercado. Del mismo modo, anhela poseer los equipos de sonido más avanzados, las nuevas lavadoras, microondas, diferentes tipos de videojuegos, entre otros, especialmente el denominado smartphone [18].

 

A través del smartphone, se pueden entablar diálogos con personas que se encuentran en diferentes latitudes con solo ingresar a una red social y enviar un mensaje [19], [20]. Gracias a todas las posibilidades que ofrecen los smartphones se ha creado una dependencia sujeto/dispositivo. Esto conlleva a que surjan nuevas formas de interacción y de hacer las cosas. Las plataformas digitales dan vida a otras modalidades de trabajo, basadas en nuevas estrategias, métodos y alternativas que se desenvuelven y desarrollan en espacios intangibles pero que afectan y alteran directamente las relaciones económicas del mercado [4][7], [21], [22].

 

Estas nuevas modalidades son usadas para la ejecución de actividades y acciones que antes eran realizadas de forma manual, o que simplemente eran percibidas de una forma diferente. En este contexto, varios aspectos de la vida se ven afectados [23]. Tal es el caso de la compra de bienes y servicios, transacciones financieras, acciones de investigación, acceso a la información, entre otras [23]. Todo ello ha persuadido las modalidades tradicionales con lo que se logra su fragmentación y permite el libre acceso de lo innovador, diferente e interesante [24]. De esta forma, surge el término de economía virtual [25], [26] que puede ser entendido como:

 

…una nueva forma de economía que nace del intercambio de bienes y servicios a través de internet. (…) Al enfocar la economía virtual, damos un paso más, para referirnos a soportes digitales avanzados, que permiten construir nuevas formas de organización del trabajo y nuevas estrategias productivas, con consecuencias no fáciles de medir en el mundo del trabajo y en la economía en general: la empresa magra con ramificaciones externas es sustituida por plataformas que captan, organizan y distribuyen trabajo (p.5) [25].

 

Este cambio de lo tradicional a lo tecnológico ha ocasionado el declive de modelos y estrategias de negocios clásicas y obliga a todas las organizaciones a que consideren la rentabilidad de los métodos que emplean en la actualidad a través de una serie de indicadores que buscan medir su efectividad y utilidades en comparación a organizaciones que brindan su mismo servicio o elaboran su mismo producto [25], [27]. A pesar de las ventajas evidenciadas a simple vista, la tecnología trae consigo efectos negativos para otros aspectos relacionados con la economía y el mercado de trabajo.

 

Las posibilidades que trae consigo la tecnología vienen acompañadas de consecuencias tanto positivas como negativas. Las primeras ya fueron exploradas líneas arriba y están dirigidas hacia la facilidad de la interacción entre las personas, facilidades para el intercambio económico o las posibilidades de trabajo a distancia, entre otras. Las negativas, por su parte, devienen del cambio brusco al cual es exigido el mercado. Los cambios en el mercado promovidos por la tecnología afectan directamente algunos puestos de trabajo, contribuye a la liquidación de las organizaciones que no están preparadas para este salto y convierte al ser humano en una especie controlada y manipulada por la tecnología [28][30].

 

Todo lo anterior promueve la creación de nuevas relaciones laborales surgidas a través de las plataformas digitales toda vez que permiten la interacción entre un prestador del servicio, el usuario final y el empleador [5][7], [31], [32]. En este escenario, la problemática se presenta especialmente en lo relacionado con los derechos del prestador del servicio, específicamente en lo concerniente con su relación contractual con el empleador, el cumplimiento de las condiciones de trabajo y la precarización de su trabajo [6].

 

 

IV. PLATAFORMAS DIGITALES Y ECONOMÍA DE CONCIERTOS

 

 

a. Plataformas digitales

 

Por plataformas digitales se entienden a todas aquellas creaciones humanas que permiten la interacción entre los dispositivos electrónicos y el ser humano. Es decir, se trata de un software que permite la interacción del sujeto con el hardware. Sin embargo, en la actualidad este término es usado mayoritariamente para referirse al software que, mediante la interacción humano y hardware, facilita o permite la comunicación entre personas separadas por una distancia física [33] y que buscan satisfacer una necesidad. Las plataformas digitales están orientadas, mayoritariamente, hacia la satisfacción de necesidades de diferentes índole (ver figura 2), y permiten la ejecución de diversas tareas bajo un mismo entorno a través de la Internet [34], [35].

 

 

Figura 2 : Posibilidades de uso de las plataformas digitales para el ser humano.

Fuente: Elaboración propia a partir de [34] y [35].

 

Las plataformas digitales se consolidan como un conjunto de herramientas que dan solución o mejoran ciertas actividades del hombre a partir de la conectividad ofrecida por internet. Además, permiten el desarrollo de complejas estrategias con el que las organizaciones pueden innovar para satisfacer a sus usuarios [34]. En este orden de ideas, las plataformas digitales se consolidan como un instrumento base con el cual las personas y las organizaciones realizan transacciones que antes se desarrollaban netamente de la forma tradicional. Es decir, a través del intercambio o de terceros de forma presencial o de interacción directa como el teléfono [33].

 

b. Economía de conciertos

 

A nivel internacional, especialmente en contexto académicos, se debate sobre las nuevas formas de intercambio económico que surgen con la digitalización. La comunidad académica aun no llega a un consenso acerca de la forma exacta en que deben llamarse estos nuevos fenómenos económicos a la vez que pugnan por su correcta definición. Cuando se realiza una búsqueda acerca de los nuevos modelos de negocios devenidos de la intervención de la tecnología en la economía se encuentran términos como Economía Colaborativa [10], [23], [32], [36][41], Consumo Colaborativo [41], [42], [42][45], Economía Creativa o Naranja [46][50], Economía de concierto [8], [9], [24], [51][53] y sus equivalentes anglosajones. Sin embargo, en este documento se ocupa de analizar específicamente la Economía de Conciertos o Gig economy y se evitará la discusión conceptual respecto de las otras denominaciones.

 

Según muchos de los expertos, la Economía de Conciertos, o Gig Economy como se le conoce en inglés, tiene alrededor de diez años en el contexto académico. Su surgimiento está relacionado con la crisis económica del año 2008 provocada por la caída de los bancos de inversión en Estados Unidos [51], [54], [55]. Aunque tiene el calificativo de economía, se considera que la Economía de Conciertos es un concepto usado para las modalidades de empleo o de trabajo [56] donde los trabajadores se podrían denominar freelancers o autónomos [53] y efectúan trabajos o encargos laborales con una duración especifica con la organización contratante [52]; a esto se le conoce como trabajo contingente y será abordado en líneas posteriores.

 

En la economía de concierto se promueven formas de empleo como el teletrabajo [4][6], [21] así como también figuras de trabajo presencial por horas [57]. Todo ello se hace a través de las plataformas digitales. Es decir, una organización X puede ofertar un servicio que para su prestación contrata a un sujeto Y únicamente para esta labor. De igual forma cualquier persona puede contratar al sujeto Y para dicha labor, por el tiempo que ésta dure [8]. Las plataformas digitales y las modalidades de empleo y contratación, que emanan de estas, convergen en la flexibilidad, que se representa en la relación entre la vida laboral y personal del sujeto, y en la comunicación que se transforma en uno de los componentes fundamentales de la relación laboral, ver Figura 3. Todo ello, concatenado con la posibilidad de trabajar en latitudes diferentes a las del empleador gracias a las plataformas digitales [52].

 

Los trabajos que se generan en la Economía de Conciertos vienen en aumento en los últimos años. Según el Insight sobre este tema, publicado por McKinsey Global Institute, para el año 2016 el 25% de la población de los Estados Unidos y Europa participaba de la Economía de Conciertos en alguna medida [58]. Sin embargo, aunque con la Economía de Conciertos se generan nuevos tipos de trabajo y muchas personas acceden al mercado laboral, es necesario analizar con detalle las condiciones en que esto sucede.

 

 


Figura 3 : Pilares de la economía de conciertos.

Fuente: Elaboración propia con base en [54].

 

 

En general, algunos autores consideran que algunos de los modelos de Economía de Conciertos degradan el trabajo de tiempo completo a tiempo por horas o labor [9], [52]. Esto conlleva a que las condiciones, como afiliaciones de seguridad social, ergonomía, seguridad, pago justo o el estatus de legalidad de estas labores puedan ser vulneradas por los empleadores [57].

 

 

c. Trabajo contingente

 


Por trabajo contingente se hace referencia a las modalidades de empleo en que no es necesario el establecimiento de un contrato de trabajo a largo plazo entre el empleador y el empleado [59]. Esto no es un concepto nuevo pues desde principios de los años noventa del siglo XX trabaja este concepto a nivel académico. Sin embargo, es a partir de la proliferación de las tecnologías de la información que se impone como un tema de actualidad en la discusión académica [60]. El trabajo contingente es un fenómeno que en principio se daba en Japón, Europa y Estados Unidos y que posteriormente se ha expandido a todas las latitudes [61]. En general, es posible reconocer tres formas de trabajo contingente [59], [62] (ver ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. ).

 

Figura 4: Formas de trabajo contingente.

Fuente: Elaboración propia a partir [62] y [59].

 

Las formas de trabajo que se presentan en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. tienen en común la nula relación contractual formal entre los trabajadores y los empleadores. Esta es la diferencia entre el trabajo contingente y el empleo formal. Según algunos investigadores, aunque esta forma de empleo genera beneficios para las organizaciones, tal es el caso de aquellas que se dedican a la ejecución de proyectos estatales, puede no ser del todo beneficioso para los empleados [54] (ver Figura 5). Es decir, en muchos de los casos se podría presentar una relación de desigualdad. Dentro de los beneficios que las partes pueden obtener con las modalidades de trabajo contingente, es posible resaltar como factor común la flexibilidad. Esta característica está presente tanto para el empleador como para el empleado [63].

 


Figura 5 : Desigualdad entre empleado y trabajador contingente.

Fuente: Elaboración propia a partir de [63] y [61].

 

Para el caso del empleador, la flexibilidad se representa de dos formas:

 

puede lograrse cambiando la composición de la mano de obra de la empresa, en cuanto a sus competencias y capacidades (flexibilidad funcional) o en cuanto a su número (flexibilidad numérica). Tanto la flexibilidad funcional como la numérica pueden desarrollarse en el interior de la empresa o bien recurriendo al mercado de trabajo, a través de la contratación de las personas adecuadas durante el tiempo necesario. A esta segunda forma se la denomina flexibilidad externa (p.6) [63].

 

La flexibilidad desde el punto de vista de los empleados se da en la posibilidad de ejecutar varios trabajos al tiempo. Adicionalmente, ofrece flexibilidad respecto a la utilización de su tiempo dado que la modalidad de trabajo en muchas de las veces no incluye una vinculación a tiempo completo o de forma exclusiva [5], [61]. Para las organizaciones contratantes, además de ofrecer la flexibilidad nombrada, también ofrece otros beneficios. Es posible encontrar una reducción de los costos de operación de estas organizaciones [63] que se refleja en mejoras en la rentabilidad. Por otro lado, las organizaciones, en la mayoría de los casos, descargan la responsabilidad de la acción sobre el contratado dada la poca legislación frente al tema o a la nula relación laboral que pueda darse [61].

 

Esto es un problema que puede afectar gravemente al empleado pues ante posibles errores, reprocesos o demás, este asume todas las consecuencias de su labor [62]. En los aspectos negativos, existe la tendencia hacia el empleado. Es decir, según los estudios consultados, la tendencia de aspectos negativos del trabajo contingente se refleja en el lado del empleado y no en el lado de los contratantes. El principal aspecto negativo es la precarización laboral identificado en necesidad de tener varios empleos para poder alcanzar un mínimo de supervivencia y la obligación que tiene el empleado de cubrir sus propios gastos de seguridad social. Algo que en otras modalidades es responsabilidad del contratante [61], [63].

 

d. Riesgo laboral

 

El riesgo laboral es toda aquella acción que puede significar un riesgo para la salud de los trabajadores [64]. Creus, considera que los riesgos laborales son el conjunto de enfermedades y accidentes que tienen probabilidad de ocurrencia como consecuencia de las acciones relacionadas con el trabajo de una persona [65]. Aquí, debe entenderse la Salud como el conjunto de condiciones físicas y psicológicas inherentes a la persona [66], [67]. Es entonces posible decir que el riesgo laboral está presente en toda acción de trabajo que realicen las personas. Sin embargo, dado el enfoque que tiene esta investigación, se analizarán con mayor detalle los factores de riesgo asociados al trabajo con plataformas digitales y en las modalidades de la Economía de Conciertos.

 

Se identificaron siete factores de riesgo que inciden en la salud y seguridad de las personas prestadoras de servicio en plataformas digitales, ver

.

 

Figura 6: Factores de riesgo laboral en plataformas digitales.

Fuente: Elaboración propia a partir de [68].

 

Los principales factores de riesgo están asociados con la salud mental de los trabajadores. A esto le sigue la situación respecto al cumplimiento de las condiciones legales de la relación empleado / empleador [68].

 

Estos factores de riesgo constituyen el problema fundamental del trabajo en economía de conciertos. Es muy difícil controlar que el trabajador dedique tanto el tiempo mínimo como el tiempo máximo una labor. En los contextos de trabajo a distancia suele emplearse más tiempo del requerido, los empleadores relegan la responsabilidad de los pagos de la seguridad social en el mismo empleado, dadas las modalidades de contrato y en la mayoría de las veces, no controlan las condiciones en las que las actividades deben desempeñarse.

 

 

V. VULNERABILIDAD LABORAL Y SU RELACIÓN CON LA NATURALEZA DEL TRABAJO

 

Los nuevos modelos económicos traen consigo nuevos puestos de trabajo y una considerable modernización de algunas actividades tradicionales. Como se mencionó, la flexibilización es uno de los pilares funcionales de la mayoría de estos nuevos modelos con lo que permite a las personas emplearse no solo en distintos trabajos, sino, poder realizarlos por fuera de una locación física específica y en horarios laborales no estándares.

 

Los avances tecnológicos, especialmente los relacionados con las plataformas digitales traen consigo modalidades de trabajo que sirven de apoyo para las prestaciones de los servicios. La innovación en el trabajo, bajo estos contextos, se ha presentado como una manifestación disruptiva y revolucionaria en comparación a las prácticas tradicionales y poco creativas que se utilizaban en el entorno y en el mercado. Este es el caso de las mensajerías urbanas, la asistencia técnica o incluso, acompañamientos médicos y psicológicos.

 

A la luz de las organizaciones, esto parece ser un beneficio, tanto para estas como para las personas, pues reduce los tiempos de atención, minimiza los trámites necesarios o el número de acciones requeridas para su contratación y ejecución. Sin embargo, en el otro lado se encuentran los trabajadores que en muchos de los casos soportan el peso de este trabajo contingente. En este aspecto también se debe mencionar la disparidad entre las visiones que presentan el gobierno y los empleadores, por un lado, y los trabajadores de estas modalidades por el otro [6].

 

La principal preocupación frente a estas modalidades es lo relacionado a la salud ocupacional [8]. La externalización de las funciones en el trabajo, aunque no es un tema reciente, es una tendencia que cada día se presenta con mayor medida, al punto que cada vez son más las personas que se encuentran contratadas por prestación de servicios y en modalidades de outsourcing [69] que directamente con la organización que demanda de su labor.

 

Todo esto va en la línea del argumento de [70], cuando indican que “el trabajo asalariado atraviesa un proceso de  desustanciación  que  diluye  su sentido y dirección (p.2). En la mayoría de los casos, las nuevas modalidades de trabajo le exigen al trabajador contar con sus propios implementos, herramientas y transporte. Adicionalmente, el cubrimiento en temas como seguridad personal o seguridad laboral se vuelve una responsabilidad del contratista. A todo ello, se suma la presión por las metas, el control algorítmico y las   tecnologías   de   control   del   trabajo que muchas veces no toman en cuenta factores humanos para determinar los objetivos de las labores.

 

VI.DISCUSIÓN

 

 

A pesar de que el uso de las plataformas digitales es defendido por bastantes personas debido a sus ventajas, entre las que se encuentran la apertura de puertas a miles de personas al mercado laboral y la oportunidad de ganar dinero extra en tiempos libres, la existencia de este tipo de plataformas en el mercado es fuertemente señalada por ser un mecanismo de explotación y precarización debido al incumplimiento de los derechos del trabajador.  De tal forma, los creadores de estas plataformas se refugian en los términos y condiciones y en la inexistencia de un contrato de trabajo que los vincule de forma directa como empleadores, pues estos le llaman prestadores de servicio a aquellos que actúan a través de la plataforma y adquieren un ingreso.

 

Sorprendentemente, el derecho del trabajo se encuentra obsoleto ante estas situaciones, pues cuando dictaminaron las leyes y la normatividad que protegiera a los trabajadores, jamás pensaron encontrarse antes casos tan complejos en los cuales, se encuentran diferentes variables a favor de los creadores de dichas plataformas y aplicaciones. En Colombia, por ejemplo, en la actualidad se debate acerca de la viabilidad de un decreto, específicamente el 1174 de 2020 [71], que según muchos analistas abre la puerta a la legalidad del trabajo por horas y promueve la precarización laboral para personas que devengan menos de un salario mínimo. Sin embargo, no todo es malo para el trabajador en este escenario.

 

De la misma forma, aparecen otras variables que benefician en algunos aspectos puntuales a los trabajadores. Al parecer, el derecho del trabajo posee limitaciones en casos en los que no se establezca un contrato de trabajo formal. La controversia existente entre las plataformas digitales y los prestadores de servicio se encuentra específicamente en las aplicaciones y algoritmos cuyo funcionamiento va dirigido a la economía bajo demanda. En esta modalidad se ve reflejado una contraprestación en virtud de unas necesidades satisfechas; es en esta, donde los prestadores de servicio están expuestos a una serie de riesgos por la necesidad de someterse al trabajo y esfuerzo físico, ya sea el de un robo, un accidente de tránsito, una lección. Adicionalmente, muchas de estas labores se llevan a cabo sin los permisos legales, aprobación y consentimiento del gobierno; este es el caso de Uber en Colombia.

 

En el caso de cualquier plataforma que ofrece servicios de movilidad, el prestador de servicio es captado por algún agente perteneciente al ministerio de transporte, según el artículo 26 del Código Nacional de Tránsito el conductor que sea sorprendido prestando servicio público en vehículos particulares su licencia será suspendida por seis meses, y si es reincidente la licencia será cancelada durante un periodo de 25 años. Esto es algo que no cubre la empresa, en este caso Uber, y son los conductores los que cargan el costo, económico, político, social y penal de la labor.

 

 

VII. CONCLUSIONES

 

Las modalidades de empleo que surgen a partir de la aparición de la Economía de Conciertos pueden ser necesarias para dinamizar la economía de los países. Sin embargo, su promoción debe venir acompañada de políticas públicas y regulaciones que garanticen las condiciones de trabajo de las personas. De esta forma, es posible minimizar las posibilidades de conformación de precarización laboral. En la otra mano está la regulación de las plataformas digitales. Los estados deben legislar para regular la actuación de estos mecanismos que permiten la interacción entre las personas. La protección de datos, la legalidad de su actuación y la competencia, algunas veces desleal, son algunos de los temas de preocupación y de interés para los actores económicos.

 

A este respecto, no se trata de prohibir o cohibir sino de regular. En el Estado es común que la legislación se encuentre en franco atraso respecto a la evolución de las instituciones tecnológicas y sociales, entendidas según la teoría de Veblen [72], [73]. Los encargados de impartir las leyes y crear la regulación muchas veces, y por muchos motivos, no se encuentran actualizados respecto a las nuevas instituciones tecnológicas que cohíben a las personas para cambiar su comportamiento. Es decir, las nuevas instituciones tecnológicas, como la aparición de plataformas de mensajería, de transporte, de hotelería, de servicios de aseo, profesionales entre otras, impactan sobre la actitud de las personas en la sociedad y su comportamiento y costumbre.

 

Ello hace que la proliferación de dichas plataformas, por lo general sin regulación, se conviertan en parte del status quo, con sus puntos a favor y en contra, del que también se aprovechan las organizaciones y que da píe a las modalidades de empleo contingente de la economía de concierto. En tal sentido, desde la academia es importante profundizar en esta temática. En Colombia cada día se presentan formas laborales que calzan en la Economía de Conciertos y que parecen estar en contra de las prácticas tradicionales de trabajo y consumo. Es labor académica aportar en esta discusión en busca de una regularización que beneficie a todas las partes.

 

VIII. REFERENCIAS

 

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[5]  D. M. Cifuentes Leiton, «Teletrabajo como modelo de política top-down: creación de subjetividades y dinámicas de institucionalización», en El presente del futuro del trabajo II. Psicología y organización del trabajo XVI, Primera ed., Montevideo, Uruguay: Psicolibros Universitario, 2019, pp. 739-748.

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[7]   D. M. Cifuentes Leiton y J. Londoño-Cardozo, «Teletrabajo: el problema de la institucionalización», Aibi Rev. Investig. Adm. E Ing., vol. 8, n.o 1, pp. 12-20, 2020, doi: 10.15649/2346030X.749.

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